6
Julio
2008

PLAN DE SALUD BUCODENTAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

 
Publicado por FaceDental
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       OBJETIVO DEL CONVENIO   

 

El presente Convenio tiene por objeto establecer, regular y desarrollar la cooperación entre la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid y el Ilustre Colegio Oficial de Odontólogos y Estomatólogos de la I Región, para la realización de las actividades de atención sanitaria en materia de salud buco-dental de la población de la Comunidad de Madrid de 6 a 14 años de edad, descritas en el Anexo I de este convenio y contempladas en el Real Decreto 111/2008 de 1 defebrero, para la promoción de la salud Bucodental infantil.

 

El ámbito de aplicación de este Convenio se circunscribe a la Comunidad de Madrid, siendo aplicable a niños entre 6 y 14 años con carpeta sanitaria en la comunidad autónoma. En el primer año se incluirán los niños que tengan o cumplan 6, 7 y 8 años de edad en ese año de calendario, y podrán permanecer en él hasta la edad de 14 años. En el segundo año y sucesivos se incorporaran a diferentes cohortes.

 

OBLIGACIONES DEL ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE ODONTÓLOGOS Y ESTOMATÓLOGOS DE LA I REGIÓN

 

El Ilustre Colegio Oficial de Odontólogos y Estomatólogos de la I Región se compromete a:

 

a)Prestar la atención dental establecida en el Anexo I de este convenio, a través de los colegiados en ejercicio libre profesional Odontólogos y Estomatólogos que libremente se adhieran al mismo.

 

b)Elaborar conjuntamente con el Servicio Madrileño de Salud los protocolos de derivación de las prestaciones incluidas en el Anexo I.

 

c)Elaborar junto con el Servicio Madrileño de Salud el Sistema de Registro para el seguimiento de las actividades contempladas en el Anexo I y constituir una base de datos centralizada con la información generada. Dicha base de datos será propiedad de la Consejería de Sanidad que en su caso podrá autorizar el uso de la misma al Ilustre Colegio Oficial, siempre de acuerdo con lo estipulado en la vigente Ley Orgánica 15/1999, de 13 dediciembre, de Protección de Datos de Carácter personal y el Real Decreto 1720/2007, de 21 dediciembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo dedicha Ley.

 

d)Llevar a cabo la gestión y control económico de las actividades realizadas por los colegiados Odontólogos y Estomatólogos adheridos al Convenio, ocupándose de la facturación al Servicio Madrileño de Salud, en función de las actividades remuneradas por acto, y de la tramitación del pago a los Odontólogos/Estomatólogos adscritos al mismo.

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