¿Los Colegios Oficial de Dentistas se tienen que preparar para adaptarse a la Ley Ómnibus?. España asumirá, entonces, la normativa reguladora para colegios profesionales de la UE y se enfrentará a muchos cambios.
La aplicación de la directiva afecta directamente a los colegios profesionales porque a partir de su entrada en vigor no será obligatorio la colegiación. Esta normativa no afectará, sin embargo, a los colegios del ramo sanitario, entre los que se encuentran los colegios de dentistas ya que una ley estatal obliga a todos los profesionales del sector sanitario a estar colegiados. Los colegios sanitarios deben ser un órgano de control de los profesionales, que ofrezca servicios de defensa de los profesionales y rechace el intrusismo.
Algunos colegios de otros ramos, como el de Arquitectura, Abogados o Aparejador, exigen una cuota de entrada muy alta y supone una fuente de financiación importante para el organismo colegial, un aspecto que se verá cercenado con la aplicación de la nueva normativa. Esto no sucederá a los colegios del sector sanitario.
Entre otras novedades, la nueva normativa acabará con las restricciones a la publicidad de los colegiados, sin poner límites a la promoción de los profesionales o la de sus clínicas o consultas. Además, los colegios profesionales no pueden imponer honorarios recomendados ni establecer una tabla de precios por los servicios ofrecidos por las consultas o clínicas, una cuestión que ya era sancionado por el Servicio de Defensa de la Competencia.
La entrada en vigor de la Ley Ómnibus acaba, también, con la obligación de tramitar los visados profesionales y estable la obligación de crear la ventanilla única de cara a los trámites administrativos.
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